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Cartas de Crédito

Son documentos emitidos por BAM como garantía del cumplimiento de pagos por entrega de mercadería o préstamos, y del cumplimiento o sostenimiento de ofertas y licitaciones, entre otras responsabilidades. El banco adquiere el compromiso de pagar al beneficiario si el solicitante de la carta de crédito no cumple con sus obligaciones.

Garantía

Hipotecaria, fiduciaria o prendaria

Plazo

Máximo de un año


 

  • Es un mecanismo por el cual el cliente puede garantizar una obligación.


 

  • Solicitud de Carta de Crédito debidamente firmada y sellada.
  • Estados de Cuenta de los últimos tres meses.
  • Fotocopia de Patente de Comercio y Patente de Sociedades.
  • Fotocopia de Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • Estados Financieros de los tres últimos cierres fiscales y un parcial a fecha reciente.
  • Integración de las principales cuentas de activo y pasivo de los Estados Financieros más recientes que presenten.
  • Flujo de Caja proyectado por un año.
  • Fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y modificaciones sociales, si las tuviere con razón de inscripción del Registro Mercantil.
  • Fotocopia del nombramiento del Representante Legal con razón de inscripción del Registro Mercantil.
  • Fotocopia de la Cédula de Vecindad del Representante Legal y de aquellas personas que comparezcan como garante o avales.
  • Llenar el formulario con la información de personas relacionadas o vinculadas.


Hipotecaria
  • Certificación reciente del Registro de la Propiedad.
  • Constancia del seguro de inmueble objeto de la Garantía.
  • Presentar avalúo (certificado por valuadores autorizados por el banco).
Fiduciaria
  • Si el codeudor es una persona individual deberá presentar su estado patrimonial y una constancia de ingresos.
  • Si el aval es otra empresa deberá presentar la misma documentación requerida para persona jurídica.
Prendaria
  • Inventario de la mercadería que constituirá el Bono de Prenda, firmado y certificado por el contador de la empresa, certificados de depósitos en quetzales  o dólares endosados a favor del banco u otras garantías.
  • Certificado de Depósito y Bono de Prenda de la Almacenadora, original, acompañado de la certificación del estado de las mercaderías.
  • Forma en la cual se comercializará el producto dado en garantía.


Tipo de Cambio
US$ Q 7.70 / Q 7.85
€ US$ 1.21 / US$ 1.32

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