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Préstamos Fiduciarios (Q y US$)

Son préstamos que otorga BAM con base en el conocimiento de las personas, cuya firma avala el compromiso, y su capacidad de pago. La palabra “fiduciario” viene del término “fiducia” que significa “confianza”. Los préstamos son otorgados preferentemente a personas que presenten dos codeudores o más.

Pago de intereses

Mensual

Tasa de interés

Anual variable. Las tasas se publican mensualmente en el boletín Contacto

Garantía

Uno o más codeudores.  El deudor o los codeudores deberán poseer y declarar bienes inmuebles libres de gravámenes, registrados a su nombre y cuyo valor aproximado cubra el monto que solicitan.  Para créditos menores de Q 50,000.00 el banco podrá evaluar la posibilidad de aprobar el crédito sin Declaración de Bienes Inmuebles, siempre que el deudor presente dos codeudores con capacidad de pago y buenas referencias.

En casos especiales de empresas medianas y grandes, bien establecidas y con buenas relaciones con sus proveedores durante varios años, el banco podrá evaluar la aprobación de un crédito fiduciario con diferentes condiciones

Plazo máximo

Desde 5 hasta 7 años

  • Trámite y resolución rápidos al presentar la documentación y los requisitos completos
  • Tasas competitivas en relación con el mercado
  • Puede efectuar abonos anticipados a capital
  • Los intereses se calculan sobre el saldo
  • Sin cláusula de plazo forzoso
  • Es posible solicitarlo para inversiones diversas a corto plazo o como capital de trabajo
  • Puede efectuar consultas y pagos en BAMnet y BAMtel


 

Tanto el deudor como los codeudores deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Solicitud de crédito completa. Formulario proporcionado por el banco, F-954-A e información de clientes y proveedores.  Si el formulario de solicitud se presenta en diferentes hojas separadas por haberse hecho fotocopias, todas las hojas deberán firmarse por el Representante Legal.
  • El deudor y/o codeudores deben poseer algún bien inmueble libre de gravámenes, acorde con el monto del préstamo y anotarlo en la solicitud.
  • Fotocopia de la cédula de vecindad del Representante Legal y codeudores.
  • Estados de cuenta bancarios de los últimos tres meses de las cuentas que reflejen el movimiento de la empresa.
  • Estados de cuenta de los últimos tres meses de tarjetas de crédito corporativa del deudor y codeudores.
    • Integración del capital: Capital pagado, reservas, resultados de ejercicios anteriores y resultados del ejercicio.
  • Declaración firmada por el representante legal (esta incluida como parte de la solicitud) que contenga:
    • Nombre de las sociedades en las que el solicitante o deudor tiene más del veinte por ciento (20%) de participación de capital, indicando el porcentaje de inversión y/o participación en cada una de ellas.
    • Nombre completo de los socios o accionistas que tengan participación mayor del veinte por ciento (20%) en el capital de la entidad solicitante o deudora, indicando su porcentaje de participación. En caso el accionista sea persona jurídica, se deberán incluir los nombres de los titulares de acciones nominativas con participación mayor del veinte por ciento (20%) en el capital pagado.
    • Nombre completo de los miembros del consejo de administración y gerente general, o quien haga sus veces, indicando nombre del cargo.  Además, si los funcionarios indicados tienen relación de dirección o administración en otras sociedades mercantiles, deberá indicarse el nombre del cargo.
    • Estados Financieros correspondientes a los dos últimos ejercicios contables anteriores a la fecha de la solicitud, debiendo ser el último ejercicio preferiblemente auditado por contador público y auditor independiente, que incluya el dictamen respectivo, las notas a los estados financieros y el estado de flujo de efectivo. Para las solicitudes presentadas dentro de los cuatro (4) meses siguientes al cierre del ejercicio contable del solicitante, se aceptarán los estados financieros  correspondientes al período contable anterior al del último cierre.  Para deudores cuyo endeudamiento total supere los Q.5,000,000.00, la condición de presentar Estados Financieros auditados es obligatoria.
    • Estados Financieros al cierre de mes con antigüedad no mayor de seis meses previos a la fecha de la solicitud.
    • Integración de las cuentas de activo y pasivo:
      • Cuentas por cobrar y cuentas por pagar.
    • Endeudamiento bancario (listado de préstamos que posea actualmente con otras Instituciones Bancarias).
    • Otras cuentas de activo y pasivo que sean relevantes.
    • En el caso de personas jurídicas que tengan menos tiempo de estar operando, se requerirán los estados financieros más recientes o el balance general de inicio de operaciones, según corresponda.
    • Flujo de fondos proyectado para el período del financiamiento, firmado por funcionario responsable de la empresa y por el representante legal.
    • Supuestos utilizados para su elaboración y las variables que darán los resultados esperados, que permitan establecer la factibilidad del cumplimiento de sus obligaciones con la institución.
    • Formulario IVE-BA-02, en caso de ser cliente nuevo (se incluye como parte de la solicitud).
    • Último recibo de pago de luz, agua o teléfono, del lugar de residencia reportada por el deudor y codeudores (no necesariamente deben estar a nombre del deudor y/o codeudor). Los recibos de servicios deben ser del presente mes o de los meses anteriores a la fecha de la solicitud.  Deberán tener certificación de pago
    • En caso de codeudores individuales  llenar formulario  y completar los requisitos de solicitud para persona individual.
    • En caso de proponer un codeudor extranjero, en lo aplicable, deberá requerirse la información y los documentos equivalentes de su país de origen.
    • Listado de clientes y proveedores indicando nombre del contacto y número telefónico.
    • Pueden ser proporcionados después de ingresada la solicitud, pero antes de la legalización:
      • Escritura de Constitución de la Sociedad, incluyendo modificaciones si las hubiere.
      • Nombramiento vigente del Representante Legal.
      • Documentos de identificación de los Representantes Legales y/o codeudores individuales.
      • Fotocopia legible de la Patente de Comercio, de Sociedad y de Inscripción al IVA.

Requisitos Previos a la Legalización:

  • Punto de acta en la que el Consejo de Administración autoriza al Representante Legal a contratar el crédito.
  • Si los codeudores son personas jurídicas deben cumplir con estos mismos requisitos.

Requisitos Previos al Desembolso:

  • Tener cuenta de depósitos en el Banco.



Tipo de Cambio
US$ Q 7.70 / Q 7.85
€ US$ 1.21 / US$ 1.32

Productos Banca Pyme

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